Retos y soluciones de los impuestos al comercio electrónico

Por Gustavo Leal Cueva*

En junio de 2022 se cumplen dos años del arranque de un régimen tributario aplicable al comercio electrónico en México, denominado Régimen de Plataformas Digitales (RPD), en el que se obliga a las plataformas digitales intermediarias en las que se contactan a oferentes y demandantes (v.g. Amazon, Mercado Libre, Uber, Rappi, Airbnb), a retener Impuesto sobre la Renta e IVA sobre los ingresos que obtienen las personas físicas.

Impuestos

El esquema de retenciones ha funcionado porque a través de unas cuantas plataformas se logra recaudar impuestos de miles de contribuyentes personas físicas que antes operaban en la informalidad.

No obstante, este régimen es discriminatorio, pues se impone este gravamen a comerciantes que, por el sólo hecho de ofrecer sus productos en estas plataformas deben soportar esta carga financiera, en comparación con alguien que ofrece sus productos ya sea en su propia tienda en línea o física.

Tasas

Las tasas de retención oscilan entre el 1% y el 4%, y puede pensarse que esto no representa gran carga financiera; sin embargo, para aquellos contribuyentes que operan con márgenes de utilidad de un dígito, esta retención resulta gravosa aun tratándose de un anticipo de impuestos, pues es capital de trabajo con el que no contarán a lo largo del año.

Otra problemática que se presenta en 2022 es que quienes operen a través de estas plataformas están impedidos de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), régimen instaurado en 2022 que permite a las personas físicas pagar un impuesto reducido de hasta 2.5% sobre sus ingresos.

Plataformas

Esta limitante también implica un trato discriminatorio contra el comercio electrónico. Para muchas personas físicas resulta más atractivo pagar el 2.5% sobre sus ingresos que el 35% sobre sus utilidades, pero quienes utilicen las plataformas digitales no puede acceder a este beneficio.

Una ventaja que tiene el RPD es que aquellos contribuyentes que obtengan hasta $300,000 de ingresos en un año, pueden optar por que la retención que la plataforma les efectúe, se considere pago definitivo, evitándose así presentar declaraciones mensuales y anuales y, en muchos casos, esa tasa de retención resulta más favorable que la tasa general.

El RPD representa un primer paso en la regulación del comercio electrónico en México, pero aún deben realizarse adecuaciones para que sea un régimen más justo.

Gustavo Leal Cueva es Catedrático del Instituto de Especialización para Ejecutivos y CEO de Fiscalia.com

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